Sat. Apr 27th, 2024

Abogado Criminalista Área de la Bahía

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¿QUÉ EFECTOS TIENE EL RETRASO DE LAS CORTES POR EL COVID?

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¿QUÉ EFECTOS TIENE EL RETRASO DE LAS CORTES POR EL COVID?

Se cuestiona en este video si con el Covid los casos han tardado en llegar mucho tiempo a la Corte porque estaban cerradas, ¿se han dado muchos casos donde se acusó a personas pero que todavía no ha llegado el caso a la Corte?

El abogado criminalista Alexander Cross responde que esto ha pasado muy a menudo. Debido al virus la fiscalía se ha tardado mucho en presentarle cargos penales a las personas. Hay personas que fueron arrestadas hace dos años y recien les están presentando cargos.

Ahora, para los delitos mayores eso no es un gran problema para la fiscalía porque generalmente ellos tienen 3 años para presentar los cargos; pero cuando se trata de delitos menores ahí es cuando si se tardan demasiado tiempo el estatus de limitaciones expira, y si el estatus de limitaciones expira es ilegal que les presenten cargos.

Por ejemplo, para los delitos menores como manejar bajo la influencia, violencia doméstica cuando la víctima no sufre ningún daño físico en el cuerpo, posesión de drogas para uso personal, agarrar cosas de las tiendas si el valor es de menos de 950 dólares y casos así, esos delitos, que son delitos menores, ellos tienen sólo un año desde la fecha del incidente para presentarle los cargos y hay mucha gente que se ha zafado, se ha quedado libre de cargos aún habiendo cometido la falta, simplemente porque el estatus de limitaciones expiró. Otra parte de esta historia es lo que sucede en relación a las fianzas y es que las compañías de fianzas cobran la fianza una vez por año; si una persona tiene una fianza de 40.000 dólares se le paga 4.000 dólares, el 10%, a la compañía de fianzas, pero es un 10% anual. Esto significa en que si tardan más en presentar los cargos, la compañía de fianzas va a reclamar otro pago de 4.000 dólares.

Con lo que está pasando ahora, como ha habido retrasos, quieren hacen un cambio de legislación para modificar eso, pero todavía está vigente. Si por ejemplo acusan a una persona por asaltar a otra en la calle y le dicen que tiene que pagar una fianza mientras sale el caso si no quiere estar en custodia, esta persona puede usar una compañía de fianzas a la que pagará el 10% de la cantidad establecida como fianza; por cada año que pasa, mientras no tenga lugar la Corte, el pago de ese 10% es anual y tendrán que volver a hacerlo en el plazo de un año.

¿Acusado o Arrestado por haber cometido un delito en el área de la Bahía de San Francisco?

hable con Abogado Criminalista Alexander Cross ahora!

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