Fri. Apr 26th, 2024

Abogado Criminalista Área de la Bahía

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¿ME DEVUELVEN LA FIANZA QUE PAGUÉ?

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¿ME DEVUELVEN LA FIANZA QUE PAGUÉ?

Acabo de poner una fianza a mi hija porque ella supuestamente disparó a alguien; ella escondió el arma y se la dio a un sobrino de ella y le pidió que lavara con lejía la pistola para que no quedase marca ni huellas.

Los 10.000 dólares que pagué, ¿los van a regresar o se quedan ellos con el dinero? Alexander Cross, abogado de defensa criminal, responde que en este caso parece que la fianza de la hija era de 100.000 dólares. Si esta persona tuviera 100.000 dólares en efectivo pudo haber ido a la Corte y pagar esos 100.000 dólares directamente. Como no los tiene, esta persona tuvo que recurrir a una empresa de fianzas y pedirles prestado ese dinero.

El Doctor Cross explica que esta persona no ha pagado la fianza sino que ha pagado un honorario de 10.000 dólares a la empresa de fianzas para que ellos pusieran en riesgo 100.000 dólares. Cuando una persona utiliza la empresa de fianzas lo que paga no es la fianza sino el servicio de una empresa que le pide el 10% de la cantidad que ellos ponen en riesgo.

Si se paga la fianza directamente ésta se devuelve cuando la persona se presenta en la corte; si se utiliza a una empresa de fianzas, no se recupera nada porque es un servicio que se le ha prestado a la persona. Si en la fecha de Corte el acusado no se presenta, la fianza se cancela y la persona que puso la cantidad de dinero es responsable no por el 10% de la fianza sino del 100%.

El licenciado Alexander Cross añade que asalto con arma letal es algo muy serio, y además es peor porque fue con un arma de fuego. Ella tiene que estar en contacto con el abogado que tiene el caso y repasar la evidencia. En un caso así de serio se tiene que determinar el nivel de credibilidad de la evidencia; si se ve que la fiscalía no tuviera suficiente para convencer a un jurado de que ella es culpable de la ofensa ahí el abogado tiene que exigir a la fiscalía que retire los cargos. Si la fiscalía  no estuviera dispuesta a retirarle los cargos ahí es cuando el caso se debería programar para una audiencia que se llama de juicio por jurado. En esa audiencia es cuando traen a 12 personas de la comunidad que escucharán la evidencia y votarán, basado en sus sentimientos, si esa persona es culpable o inocente.

Si cuando estudian la evidencia se ve que la persona es claramente culpable, si hay varios testigos o peor, si ella le dijo a la policía que cometió la falta, ahí es mejor que el juicio no vaya a jurado; en esas circunstancias lo mejor será que el abogado penalista que la está representando suspenda todos los procedimiento penales y trate de llegar a un acuerdo o trato con los fiscales para evitar que le den una pena tan seria.

¿Acusado o Arrestado por haber cometido un delito en el área de la Bahía de San Francisco?

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